TERMINOS Y CONDICIONES DE NUESTROS SERVICIOS Y PÁGINA WEB 

Cláusula primera: Comparecientes.-

Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte Cristian Xavier García Collahuazo representante de la empresa KUNO ESTUDIO con RUC 0104151980001 Domiciliada en la ciudad de Cuenca Ecuador, en la Calle Geranios s/n y pensamientos y con correo info@kunoestudio.com a quien nos referiremos en este documento como EL PROVEEDOR el usuario final de los servicios que la empresa presta, quien es reconocido como cliente de la empresa a través de la aceptación de una cotización, propuesta de trabajo electrónica, email o notificación de inicio de servicios de la empresa, por sus propios y personales derechos y por los derechos de la compañía, empresa o marca de la es representante legal

KUNO estudio es una empresa dedicada a proveer servicios de consultoria en marketing, comunicación y transformación digital.
KUNO ESTUDIO se reserva el derecho de reformar o enmendar las condiciones y términos del presente CONTRATO en cualquier momento, comprometiéndose a notificar a EL CLIENTE en un plazo no menor de 30 días antes de que se proceda automáticamente a su aplicación o en caso de no estar de acuerdo a la cancelación del mismo de forma unilateral mediante las causales previstas en la clásulsa decimo primera, motivos de terminación del contrato.

Cláusula segunda: Declaración.-

El cliente declara que ha solicitado a EL PROVEEDOR la prestación de los SERVICIOS, materia de este contrato después de haber recibido información completa, clara y oportuna sobre planes y/o precios de servicios así como condiciones del presente contrato y, por tanto, deja expresa constancia de que conviene libremente con EL PROVEEDOR, en las siguientes cláusulas y estipulaciones.

Cláusula tercera: Definiciones.-

Para efectos del presente contrato las palabras y expresiones que a continuación se indican tendrán el siguiente significado:
3.1 EL CLIENTE: Es el contratante de los SERVICIOS cuyos datos de identificación constan en la solicitud de prestación de servicios, cotización, propuesta electrónica y/o notificación de inicio de servicios
3.2 EL PROVEEDOR: Es la persona natural o jurídica responsable de prestar los servicios descritos dentro del presente contrato.
3.3 OBJETO DEL CONTRATO: Es la prestación de los servicios y venta los mismos en caso de que el cliente lo requiera.
3.4 LOS SERVICIOS: Son los que escoge EL CLIENTE de entre los que ofrece EL PROVEEDOR y que combinan servicios y/o productos con sus correspondientes tarifas que constan en la solicitud de prestación de servicios, cotización, propuesta electrónica y/o notificación de inicio de servicios
3.5 FECHA DE TERMINACIÓN: Es la fecha de terminación del presente contrato.
3.6 MONEDA DE PAGO: Dólares de los Estados Unidos de América.
3.7 FECHA MÁXIMA DE PAGO: Es el día en el que deben cancelarse los valores generados por la utilización o entrega de los SERVICIOS y el dividendo correspondiente al canon mensual de los mismos.
3.9 TARIFAS: Son los valores que EL CLIENTE debe cancelar a EL PROVEEDOR por la utilización de los SERVICIOS.
3.10 MODALIDAD DE PAGO: Es la forma de pago de la factura emitida por EL PROVEEDOR. Las modalidades de pago aceptadas por EL PROVEEDOR son: a) Pago con débito a una tarjeta de crédito. b) Transferencia bancaria a la cuenta designada por EL PROVEEDOR. c) Cargo recurrente a tarjeta de crédito

Cláusula cuarta: Obligaciones.-

EL PROVEEDOR se obliga en virtud de estos términos y condiciones, a prestar los SERVICIOS contratados por el CLIENTE, dentro de las modalidades descritas que constan en la solicitud de prestación de servicios, cotización, propuesta electrónica y/o notificación de inicio de servicios.
4.2 EL CLIENTE se obliga a pagar las TARIFAS por los SERVICIOS que se describen y constan en la solicitud de prestación de servicios, cotización, propuesta electrónica y/o notificación de inicio de servicios las mismas que se describen excluyendo el valor de IVA el cual en el caso de servicios en el Ecuador tienen valor del 12% y el valor de retención en impuesto a la renta, valores que deberán ser ADICIONADOS.

Cualquier otro valor que deviniera de la ejecución de este contrato no será considerado como servicio provisto por el PROVEEDOR y no tendrá alcance o consideracción a estos términos y condiciones.

Cláusula quinta: Obligaciones de EL PROVEEDOR.-

5.1 Proporcionar a EL CLIENTE los SERVICIOS contratados que se describen y constan en la solicitud de prestación de servicios, cotización, propuesta electrónica y/o notificación de inicio de servicios 5.2 Remitir a EL CLIENTE la correspondiente factura al inicio de cada período de facturación.
5.3 Guardar reserva de la información proporcionada por EL CLIENTE y mantener políticas que propicien el buen manejo de información de EL CLIENTE, como información enviada a través de canales de comunicación oficiales, encriptados y/o controlados por el PROVEEDOR
5.4 Una vez iniciados los servicios y en el caso eventual que se llegaran a suspender por falta de pago, EL PROVEEDOR no estará en la obligación de reembolsar valores proporcionales por el tiempo suspendido, debiendo el cliente cancelar la totalidad de la factura emitida por los servicios contratados.
5.5 Proporcionar cualquier archivo necesario al CLIENTE para la entrega de información , siempre y cuando EL CLIENTE no se encuentre en mora con EL PROVEEDOR

Cláusula sexta: Obligaciones de EL CLIENTE.-

6.1 Pagar a EL PROVEEDOR por los servicios prestados a través de las modalidades previstas.
6.2 El pago de la factura se realizará mediante las modalidades previstas previo al inicio del presente contrato.
6.3 En el caso de que EL CLIENTE no pague a EL PROVEEDOR los valores que contiene la factura, se causarán intereses equivalentes a la tasa legal vigente a la fecha de pago fijada por el Banco Central del Ecuador, calculados desde el día siguiente a la FECHA MÁXIMA DE PAGO.
6.4 Dar aviso inmediato a EL PROVEEDOR de los cambios a los datos proporcionados originalmente en el ANEXO de este contrato

Cláusula séptima: Uso de los servicios.-

EL CLIENTE es legalmente responsable por el uso de las claves e información proporcionadas a EL PROVEEDOR.
EL PROVEEDOR se compromete a proporcionar al CLIENTE sistemas encriptados a través de certficados SSL y protocolos de claves seguros para el resguardo de su información en los sistemas entregados por el PROVEEDOR, en cualquier caso, EL PROVEEDOR no será legalmente responsable por la administración de la información de los usuarios de el CLIENTE, para lo cual, el CLIENTE deberá cumplir todas las regulaciones y leyes vigentes en el pais donde se encuentre su operación comercial y/o sede fiscal a fin de resguardar los datos de sus usuarios.

Cláusula octava: Duración del contrato.-

El plazo de entrega de servicios será siempre acordado entre las partes. Este plazo no se renovará automáticamente, salvo que una de las partes comunique por escrito su voluntad de renovarlo.
8.1 A la terminación del contrato EL CLIENTE cancelará a EL PROVEEDOR cualquier valor que EL CLIENTE adeude a EL PROVEEDOR

Cláusula novena: Causales de terminación del CONTRATO.-

9.1 La falta de pago de una o más de las facturas emitidas dará lugar a la suspensión de los SERVICIOS contratados por parte de EL PROVEEDOR. Si persiste la falta de pago por un plazo de 10 días o más, EL PROVEEDOR podrá dar por terminado el CONTRATO.
9.2 La disolución, liquidación, quiebra, suspensión de pago, o el sometimiento al concurso preventivo o declaración de insolvencia de EL CLIENTE o de EL PROVEEDOR.
9.3 El deseo de terminar unilateralmente el contrato y notificarlo a la otra parte con al menos 15 días de anticipación a la fecha de terminación.

Cláusula décima: Declaración.-

Las partes declaran, de conformidad con lo previsto en el Art. 423 del Código de Procedimiento Civil, que este documento privado reconocido judicialmente tiene calidad de título ejecutivo para todos los efectos legales.

Cláusula décima primera: Declaración de responsabilidad legal limitada.-

EL CLIENTE libera de toda responsabilidad legal devenida por el uso de los sistemas contratados que se describen y constan en la solicitud de prestación de servicios, cotización, propuesta electrónica y/o notificación de inicio de servicios o, donde EL PROVEEDOR se limita a entregar los servicios que se describen y constan en la solicitud de prestación de servicios, cotización, propuesta electrónica y/o notificación de inicio de servicios. Bajo ninguna circunstancia prevista o imprevista EL PROVEEDOR sera responsable por el cumplimiento u omisión de información fiscal, tributaria, mercantil devenida del uso del sistema.

Cláusula décimo segunda: Fuerza Mayor.-

EL CLIENTE expresamente acepta y conviene en que, si por caso fortuito o de fuerza mayor, por hechos de la naturaleza, acciones humanas o actos de autoridad se producen daños o suspensión en EL SERVICIO o que impidan la ejecución total o parcial del contrato o lo dificulten EL PROVEEDOR no tendrá responsabilidad por daños o perjuicios que pudiera sufrir EL CLIENTE. En cualquier caso, la responsabilidad de EL PROVEEDOR por cualquier concepto se limita a cancelar una indemnización total y única con un límite máximo del valor equivalente al 50% de (1) UNA TARIFA correspondiente al SERVICIO contratado prestado por el proveedor, sin contemplar impuestos. Además, este valor no puede contemplar los valores de proveedores terceros contratados a través de Kuno Estudio.

Cláusula décimo tercera : Notificaciones y domicilios.-

Las partes señalan como domicilio convencional los datos que sev describen y constan en la solicitud de prestación de servicios, cotización, propuesta electrónica y/o notificación de inicio de servicios integrante de este contrato. Cualquier cambio de domicilio debe ser comunicado por escrito a la otra parte en un plazo de diez días a partir del día siguiente en el que se efectúe a los correos info@kunoestudio.com / contabilidad@kunoestudio.com

Cláusula décimo cuarta: Jurisdicción y procedimiento.-

Las partes convienen que, en caso de surgir divergencias, controversias o conflictos entre ellas, por razón o con ocasión del presente contrato, éstas serán resueltas, en primera instancia directamente entre las partes, y si no se resolviere de esta manera, deberán tratar de solucionarlo con la asistencia de un mediador del Centro de Arbitraje y Mediación de las Cámaras de la Producción del Azuay.
En el evento de que un conflicto no pudiera ser resuelto mediante este procedimiento, las partes se someterán a la resolución de un Tribunal de Arbitraje del Centro de Arbitraje y Mediación de las Cámaras de la Producción del Azuay, el mismo que se sujetará a lo dispuesto en la Ley de Arbitraje y Mediación, los reglamentos del Centro de Arbitraje y Mediación de las Cámaras de la Producción del Azuay, y demás disposiciones legales aplicables.
El tribunal estará integrado por un árbitro y resolverá en equidad. Este árbitro será nombrado de común acuerdo entre las partes. De no haber acuerdo respecto del nombramiento del árbitro, lo designará el Centro de Arbitraje y Mediación de las Cámaras de la Producción del Azuay, conforme su reglamento.
Las partes renuncian a la jurisdicción ordinaria, se obligan a acatar el laudo que expida el Tribunal Arbitral y se comprometen a no interponer recurso alguno en contra del mismo.
El costo del Arbitraje, entre ellos, los honorarios del Centro, será cancelado por la parte que ha incumplido.
El procedimiento arbitral será confidencial y se llevará a cabo en las instalaciones del Centro de Arbitraje y Mediación de las Cámaras de la Producción del Azuay.”

Cláusula decimo quinta: (CONFORMIDAD).- Ambas partes contratantes declaran conocer todas y cada una de las cláusulas precedentes
dando su aceptación y consentimiento y comprometiéndose a su leal y estricto cumplimiento. Es reconocido y para constancia aceptan estos términos al usar los sevicios de Kuno Estudio